ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el artículo 428 de la Ordenanza Municipal Nº 1494, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
"Artículo 428.- DENOMINAR Río Claro a la arteria ubicada entre los macizos: al Oeste 86, 87, 88, 89 y 73e Sección J; y al Este 80, 81, 82, 83, 84, 85 y 73f entre las calles Bahía San Felipe y Bahía del Laberinto.
ARTÍCULO 2º.- MODIFICAR el artículo 429 de la Ordenanza Municipal Nº 1494, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
"Artículo 429.- DENOMINAR Río Milna a la arteria ubicada entre los macizos: al Oeste 80, 81, 82, 83, 84, 85 y 73f Sección J; y al Este 74, 75, 76, 77, 78, 79 y 73g entre las calles Bahía San Felipe y Bahía del Laberinto.
ARTÍCULO 3º.- MODIFICAR el artículo 430 de la Ordenanza Municipal Nº 1494, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
"Artículo 430.- DENOMINAR Río Turbio a la arteria ubicada entre los macizos: al Oeste 74, 75, 76, 77, 78, 79 y 73g Sección J; y al Este 67, 68, 69,70, 71, 65b, 72 y 73h entre las calles Bahía San Felipe y Bahía del Laberinto.
ARTÍCULO 4º.- MODIFICAR el artículo 434 de la Ordenanza Municipal Nº 1494, el cual quedara redactado de la siguiente manera:
"Articulo 434.- DENOMINAR Río Olivia a la arteria ubicada entre los macizos: al Oeste 72 y 73h Sección J; y al Este 66 y 73a entre las calles Bahía San Felipe y Bahía Torito.
ARTÍCULO 5º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR
ORDENANZA Nº 4230 /2012
SANCIONADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 05/12/2012.-