ARTÍCULO 1º.- DESAFECTAR del uso público una fracción de la calle Río Moat, lindera al macizo denominado catastralmente como Sección J, Macizo 57A, la que representa una superficie de quinientos sesenta y seis metros cuadrados aproximadamente, conforme al croquis que como Anexo I corre agregado a la presente.
ARTÍCULO 2º.- AFECTAR la superficie de calle enunciada en el artículo 1ºcomo Reserva Municipal, a fin de localizar el Centro Comunitario del Barrio Río Pipo, autorizándose el visado del plano de mensura correspondiente.
ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4195
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 10/10/2012.-