ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el artículo Nº 144 del Anexo I de la Ordenanza Municipal Nº 1492, que quedará redactado de la siguiente manera:
"
ARTÍCULO 144.- CIRCULAR sin que alguno de los ocupantes del vehículo utilice el cinturón de seguridad, con multa de 120 U.F.A. a 480 U.F.A".
ARTÍCULO 2º.- La presente ordenanza entrará en vigencia a los sesenta (60) días corridos posteriores a su publicación, plazo durante el cual el Departamento Ejecutivo Municipal dará amplia difusión de lo dispuesto por la presente a través de los medios de comunicación y/o en campañas en la vía pública, en cumplimiento con el inciso d) del artículo 6º de la Ordenanza Municipal Nº 2732.
ARTÍCULO 3'.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4160
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 08/08/2012.-