ARTÍCULO 1º.- EXCLUIR a las parcelas frentistas a la traza del Gasoducto "San Sebastián - Ushuaia", incluidas en el proyecto de urbanización del predio cuya denominación según catastro es parcela 32R, del macizo 1000, de la sección G del ejido urbano de la ciudad de Ushuaia (tramitado mediante expediente SP-7902/2004), de los alcances de las excepciones a la obligatoriedad del retiro según características topográficas y forestales, mencionadas en el Artículo V.3.7 del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Ushuaia (Anexo I - Ordenanza Municipal Nº 2139), en atención a las distancias de seguridad establecidas en la NAG-100 (Código Argentino de Gas- NAG, puesto en vigencia mediante Resolución ENARGAS Nº 2747), debiendo dichas parcelas respetar el retiro establecido para cada zonificación.
ARTÍCULO 2º.- INCORPORAR a las mensuras correspondientes, y a las escrituras traslativas de dominio, el retiro de seguridad establecido mediante la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4155
SANCIONADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 08/08/2012.-