Ordenanza N° 426 NO

Datos de la ordenanza
Número
426
Fecha de sanción
24/08/1988
Vigencia
NO
Decreto
714
Tema
Transporte Público
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1º.- IMPLEMENTAR en el Servicio de Transporte Público Colectivo de

Pasajeros de la ciudad de Ushuaia, el “Boleto Estudiantil”, como abono mensual.

ARTICULO 2º.- El valor del abono mensual del boleto estudiantil será el equivalente

al cuarenta por ciento (40%) del valor del boleto único multiplicado por dos (2) viajes

diarios y por la cantidad de días hábiles escolares mensuales y fechas patrias.

ARTICULO 3º.- El boleto estudiantil tendrá vigencia exclusivamente durante el ciclo

lectivo anual.

ARTICULO 4º.- La empresa prestataria del servicio firmará un convenio con la

Municipalidad, donde se instrumentarán los sistemas de controles e implementación

de lo estatuido en la presente.

ARTICULO 5º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.

Cumplido. ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 426 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 24/08/1988.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 714 / 88.-

Observaciones
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