Ordenanza N° 424 NO

Datos de la ordenanza
Número
424
Fecha de sanción
24/08/1988
Vigencia
NO
Decreto
712
Tema
Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1º.- AUTORIZASE el estacionamiento de vehículos automotores sobre

ambas márgenes de las siguientes arterias:

Rivadavia del 0 al 300; Godoy del 0 al 300; Roca del 0 al 300; Lasserre del 0 al 200;

25 de Mayo del 0 al 300; Solís del 0 al 200; 9 de Julio del 0 al 200; Triunvirato del 0

al 300; Don Bosco del 0 al 200; Piedrabuena del 0 al 200; Belgrano del 0 al 100;

Sarmiento del 0 al 200; Patagonia del 0 al 100; y Onas del 0 al 100.

ARTICULO 2º.- Facúltase al Ejecutivo Municipal, cuando este lo considere

necesario por razones de seguridad en el tránsito, en época invernal, a desafectar el

doble estacionamiento en las arterias mencionadas en el artículo 1º de la presente.

ARTICULO 3º.- El Ejecutivo Municipal por intermedio de la Secretaría

correspondiente, procederá a realizar el adecuado señalamiento.

ARTICULO 4º.- DEROGASE la Ordenanza Municipal Nº 224/86.

ARTICULO 5º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.

Cumplido. ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 424 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 24/08/1988.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 712 / 88.-

Observaciones
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