Datos de la ordenanza
Número
4090
Fecha de sanción
07/12/2011
Vigencia
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Tema
Administración Municipal / Actividades Comerciales
Comisión
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Descripción
ARTÍCULO 1°.- SUSTITUIR el artículo 10 de la Ordenanza Municipal N° 3867, el quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 10.- Establecer que al 31 de diciembre de 2013 caducarán todas las habilitaciones otorgadas en carácter de definitivas por el área competente".
ARTÍCULO 2°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. 4 0 9 0 ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 7/12/2011
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza modifica a:
N° 3867
ARTÍCULO 1º.- CREAR el Registro Munici
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