ARTÍCULO 1º.- DESAFECTAR, del uso público como Espacio Verde una superficie
aproximada de 62,76 m 2 de la Parcela 1 g, del Macizo 48, de la Sección F, para su
incorporación a la parcela identificada catastralmente como Parcela 2, del Macizo 48,
de la Sección F, de acuerdo al croquis que corre adjunto a la presente como Anexo I.
ARTÍCULO 2º.- AFECTAR, como Espacio Verde en carácter de compensación por la
superficie desafectada mediante el Artículo 1°, una superficie aproximada de 62,76 m2'
para su incorporación a la parcela identificada catastralmente como Parcela 1 g, del
Macizo 48, de la Sección F, de acuerdo al croquis que corre adjunto a la presente como
Anexo I.
ARTÍCULO 3º.- EXCEPTUAR, a la obra sita en la Parcela 2, del Macizo 48, de la
Sección F, propiedad de Marisol Elizabeth Tempel, del cumplimiento del Retiro Frontal
establecido en el Artículo VII.1.1.2 "R2: RESIDENCIAL DENSIDAD MEDIA/BAJA:
Indicadores urbanísticos: Retiro Frontal: 3,00 metros", autorizándose la ocupación del
mismo con la edificación existente, conforme al croquis que corre adjunto a la presente
como Anexo I. Toda futura construcción deberá respetar lo normado por el Código de
Planeamiento Urbano.
ARTÍCULO 4º.- El propietario de la Parcela 2, del Macizo 48, de la Sección F de la
ciudad de Ushuaia, señora Marisol Elizabeth Tempel, D.N.I. N°21.929.679 deberá
realizar a su cargo y costas:
a) el plano de Mensura correspondiente;
b) ceder mediante escritura a favor del Municipio de Ushuaia la Parcela resultante
de la nueva mensura, según lo establecido en el Artículo 2° de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 5º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4056
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 09/11/ 2011.-