ARTÍCULO 1º.- INCORPORAR al Anexo XI, Parte Especial, Título II, de la Ordenanza
Municipal N° 3500, los artículos que a continuación se detallan:
"TASA POR INSPECCIÓN Y CONTROL DE ESTRUCTURAS DE SOPORTE DE
ANTENAS DE COMUNICACIÓN
DEL HECHO IMPONIBLE:
ARTÍCULO 19º.- Por los servicios de inspección y control destinados a verificar la
observancia de la conservación, mantenimiento y condiciones generales de torres, mástiles,
vientos, anclajes y fijaciones o cualquier tipo de estructura que se encuentren ligadas a los
servicios de radiofrecuencias terrestres o satelitales, recinto de equipos y equipamiento
complementario de antenas de radiofrecuencia, radiodifusión, tele y radiocomunicaciones,
telefonía fija, telefonía celular móvil, televisión por cable, televisión satelital, transmisión de
datos, enlaces de microondas y cualquier tipo de radio o telecomunicación, que se encuentre
instalada en el ejido urbano municipal.
DE LA BASE IMPONIBLE:
ARTÍCULO 20º.- La Tasa se abonará por cada estructura, torre o cualquier soporte de
antena autorizada, homologada, habilitada y/o incluida en su red de prestación del servicio
que brinde.
DE LOS CONTRIBUYENTES RESPONSABLES:
ARTÍCULO 21º.- Son responsables de la Tasa de Inspección y estarán obligados al pago las
personas físicas o jurídicas permisionarias de las instalaciones de antenas y sus estructuras
de soporte, los propietarios y/o los administradores de las antenas y sus estructuras
por antes y/o propietarios del inmueble donde están instaladas las mismas, de manera
solidaria.
DEL PAGO:
ARTÍCULO 22º.- El pago de la Tasa de Inspección se hará efectivo en el tiempo y forma que
establezca la Ordenanza Tarifaria en vigencia.
DE LAS EXENCIONES:
ARTÍCULO 23º.- Estarán exentos de pago de la Tasa los organismos oficiales, no así de las
verificaciones e inspecciones establecidas en el presente Título y de las observaciones y
sanciones que les pudiere corresponder."
ARTÍCULO 2º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 4009
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 3/08/2011
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