Ordenanza N° 3970 —

Datos de la ordenanza
Número
3970
Fecha de sanción
03/08/2011
Vigencia
—
Decreto
1257/2011
Tema
Ordenanza Fiscal
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1º.- SUSTITUIR el Artículo 1º, del Anexo III, Parte Especial, Título I, de la Ordenanza Municipal Nº 3500, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 1º.- El ejercicio de cualquier tipo de actividad comercial, industrial, de servicios u otra a título oneroso y todo hecho o acción destinado a promoverla, incentivarla,

difundirla o exhibirla de algún modo, está sujeta al pago de la Tasa a las Actividades

Comerciales e Industriales, en virtud de los servicios de fiscalización, higiene, contralor,

seguridad, organización, coordinación del transporte y cualquier otro no retribuido por un

tributo especial, que tienda al bienestar general de la población.

Estarán gravadas las actividades desarrolladas en sitios pertenecientes a jurisdicción Federal o Provincial enclavados dentro del ejido municipal, con acceso al público."

ARTÍCULO 2º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3970

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 03/08/2011

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