Ordenanza N° 3961 —

Datos de la ordenanza
Número
3961
Fecha de sanción
03/08/2011
Vigencia
—
Decreto
1214/2011
Tema
Desarrollo Social / Obras y Servicios Públicos
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1º.- Para todos los trámites municipales que requieran revisación médica serán

consideradas válidas aquellas suscriptas por profesionales médicos inscriptos en la matrícula

provincial.

ARTÍCULO 2º.- A los fines de lo establecido en el artículo anterior la Municipalidad de

Ushuaia solicitará en forma semestral a la Dirección de Fiscalización Sanitaria dependiente

del Ministerio de Salud, la nómina de profesionales médicos inscriptos en la matrícula

profesional, notificando de la misma a las áreas pertinentes del municipio.

ARTÍCULO 3º.- Derogar la Ordenanza Municipal Nº 2329.

ARTÍCULO 4º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3961

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 3/08/2011

.-

DECRETO MUNICIPAL Nº 1214/2011.-

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