Ordenanza N° 3920 —

Datos de la ordenanza
Número
3920
Fecha de sanción
02/03/2011
Vigencia
—
Tema
Tránsito / Justicia de Faltas
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1º.- INCORPORAR, el artículo 2º Bis, a la Ordenanza Municipal Nº 3379, el cuál quedará redactado de la siguiente manera:

"

ARTÍCULO 2° Bis.- EXCEPTUAR de lo establecido en el artículo 1° de la presente Ordenanza Municipal, todos aquellos sistemas instalados de fábrica en los vehículos y los sistemas de posicionamiento global (G.P.S) y cualquier otro sistema utilizado para la seguridad del vehículo y sus ocupantes."

ARTÍCULO 29 .- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación. Dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3920

DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 02/03/2011 .-

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