Ordenanza N° 3872 —

Datos de la ordenanza
Número
3872
Fecha de sanción
24/11/2010
Vigencia
—
Tema
Actividades Comerciales y/o Industriales
Comisión
—
Descripción

ARTICULO 1°.- AUTORIZAR temporalmente, por el plazo de DOS (2) AÑOS el

uso "FABRICACIÓN DE PRODUCTOS MINERALES NO METÁLICOS: Triturado y

molido de minerales no metálicos — Hormigón preparado, hidrófugo", para la obra

que se tramita mediante Expediente N° 571/2009 de la Dirección de Obras

Privadas, a realizarse en una fracción del predio denominado catastralmente como

Sección G, Macizo 1000, Parcela 32R.

ARTÍCULO 2°.-ESTABLECER temporalmente para dicha fracción, por el plazo de

DOS (2) AÑOS, los indicadores urbanísticos previstos en el Artículo VII.1.2.3.2 del

Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Ushuaia para la zona Ml – Distrito

Mixto - Industrial.

ARTÍCULO 3°.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a aprobar el

proyecto y habilitar la construcción de la Obra Nueva a realizarse en la fracción de

terreno indicada en el Artículo 1°, siempre que dicho proyecto se ajuste a los

indicadores urbanísticos establecidos en el Artículo 2°, sin perjuicio de las

correcciones formales que resulten de la aplicación de la normativa vigente.

ARTÍCULO 4°: La autorización de uso definitiva, así como la extensión del

correspondiente Certificado Final de Obra, se otorgarán una vez resuelto y

aprobado el Proyecto de Urbanización de la parcela rural denominada

catastralmente como Sección G, Macizo 1000, Parcela 32R, con la consiguiente

definición de distritos e indicadores urbanísticos.

ARTÍCULO 5º.- REGISTRAR. Dar al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, pasar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3872

DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 24/11/2010

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