ARTÍCULO 1º.- AUTORIZAR un espacio reservado entre discos de siete (7) metros con la leyenda "Estacionamiento exclusivo-Casino Status", frente a la fachada de su edificio, donde funciona el casino electrónico ubicado en calle Lasserre Nº 137.
ARTÍCULO 2º.- INSTRUIR a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a los efectos de que proceda a la implantación de las señales reglamentarias pertinentes, con expreso cargo de su costo al frentista referido en el Artículo 1º.
ARTÍCULO 3º .- INSTRUIR a la Secretaría de Hacienda y Finanzas — Dirección General de Rentas - para que efectúe el alta del frentista indicado en el Artículo 1 de la presente, como contribuyente a la Tasa Mensual por Espacios Reservados en la Vía Pública, en un todo de acuerdo con la Ordenanza Tarifaria vigente.