Ordenanza N° 3858 —

Datos de la ordenanza
Número
3858
Fecha de sanción
03/11/2010
Vigencia
—
Tema
Código de Planeamiento / Código de Edificación
Comisión
—
Descripción

ARTÍCULO 1º.- EXCEPTUAR a las parcelas que surjan del proyecto de urbanización

aprobado por el articulo 3º de la Ordenanza Municipal 3502, de los indicadores urbanísticos

establecidos en la misma, específicamente en lo referido a la superficie de parcela mínima y

frente mínimo, autorizándose parcelas de una superficie mínima de trescientos metros

cuadrados (300.00m 2) y frente conforme surja de la nueva división planteada.

ARTÍCULO 2º.- AUTORIZAR al Ejecutivo Municipal, a través del área técnica que

corresponda, a visar planos de mensura con superficie mínima menor a la establecida en el

articulo precedente, siempre y cuando se trate de parcelas que por su composición

geométrica o por su superficie no sea posible dividir en partes iguales, o se trate de casos en

los que la parcela origen haya sido aprobada con superficie menor a seiscientos metros

cuadrados (600.00m2).

ARTÍCULO 3º.- Para las parcelas que se creen por aplicación de la presente, no será de

aplicación lo normado en el Articulo V.1.6. "Parcelas Atípicas" del Código de Planeamiento

Urbano (Ordenanza Municipal N° 2139), debiendo cumplir con los indicadores establecidos

en el Anexo I de la Ordenanza Municipal 3502.

ARTÍCULO 4º.- DEROGAR la Ordenanza Municipal 3667.

ARTÍCULO 5º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dar al

Boletín oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3858

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 03/11/2010

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