Ordenanza N° 3871 —

Datos de la ordenanza
Número
3871
Fecha de sanción
24/11/2010
Vigencia
—
Tema
Código de Planeamiento / Actividades Comerciales
Comisión
—
Descripción

ARTICULO 1°.- EXCEPTUAR de lo establecido en el Artículo VI.2.1.1. "MEDIDAS

MINIMAS DE LOCALES DE PRIMERA Y TERCERA CLASE, ÁREAS Y LADOS MÍNIMOS

DE LOS LOCALES: Vivienda Permanente. Local Dormitorio. Lado Mínimo 2,80m. - Zonificación - P. E. (PROYECTOS ESPECIALES), del Anexo I de la Ordenanza

Municipal N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano), al edificio ubicado en el predio

identificado catastralmente como Parcela 12, Macizo 91,Sección C, autorizándose un lado

mínimo de 2,68m. para el local Dormitorio.

ARTICULO 2°.- EXCEPTUAR de lo establecido en el Articulo VI.3.1.1. MEDIDAS

MÍNIMAS DE LOCALES DE SEGUNDA CLASE. ÁREAS Y LADOS MÍNIMOS. Cocina

Comedor, Lado Mínimo 2.80m. —Zonificación — P. E. (PROYECTOS ESPECIALES), del

Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano), al edificio

ubicado en el predio identificado catastralmente como Parcela 12, Macizo 91,Sección C,

autorizándose un lado mínimo de 2.60m. para el local Cocina.

ARTÍCULO 3º.- REGISTRAR. Dar al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, pasar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3871

DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 24/11/2010

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