ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el artículo 1° de la Ordenanza Municipal 3685, el que quedará
redactado de la siguiente forma:
ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER para aquellos ocupantes de la vertiente suboccidental
del Valle de Andorra que desarrollen emprendimientos productivos en los sectores
zonificados mediante la Ordenanza Municipal N° 2750 y 3085, como Zona de Desarrollo
Económico (ZoDE), Zona de Desarrollo Social y Económico (ZoDSyE) y Zona de Desarrollo
Recreativo y Social (ZoDRyS) los criterios y condiciones para iniciar el proceso de
saneamiento y ordenamiento, detallados en el artículo 3º de la presente y la reglamentación
que a tal efecto se dicte.
ARTÍCULO 2º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación. Dar al Boletín Oficial para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3885
/2010
DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 22/09/2010