ARTÍCULO 1º.- SUSTITUIR el texto del artículo 7' de la Ordenanza Municipal N º 3131, el cual
quedará redactado de la siguiente manera:
"
ARTÍCULO 7 º.- A los efectos de certificar que el titular y su cónyuge inscriptos en el Registro Único de Demanda Habitacional no son o han sido adjudicatarios y/o propietarios de otro predio destinado a vivienda unifamiliar otorgada por el Estado, dentro del Ejido Urbano de la ciudad de Ushuaia, deberán presentar libre deuda de los entes que a continuación se detallan: Registro de la Propiedad Inmueble (certificado de antecedente de dominio), Dirección de Catastro Provincial, Banco Hipotecario Nacional e Instituto Provincial de Vivienda".
ARTÍCULO 2º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dar al Boletín Oficial para su publicación y ARCHIVAR.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3789
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 28/07/2010.-
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL Nº 940/2010,-