ARTÍCULO 1.- ESTABLECER para los distritos dentro del área urbana ysuburbana de la ciudad de Ushuaia, el mecanismo de tolerancia para los valoresde los indicadores urbanísticos de cada zona.
ARTÍCULO 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal podrá, a través de laSubsecretaria de Gestión Urbana, con acuerdo previo de la mayoría agravada delConsejo de Planificación Urbana, determinar aquellos proyectos que consideredeben ser tratados como Proyectos Especiales.
ARTÍCULO 3º.- La tolerancia establecida en el articulo 1º de la presente seautorizará mediante la suscripción de convenios específicos con cada solicitante,que contemplen compensaciones en obras publicas para la ciudad, las quedeberán ser ponderadas en virtud de la magnitud de la tolerancia y la mayorplusvalía que se obtendrá con cada tolerancia otorgada.
ARTÍCULO 4º.- En caso de no aceptar el solicitante el mecanismo de tolerancia,podrá canalizar el tramite de excepción a través del Concejo Deliberante.
ARTICULO 5º.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para supromulgación, dar al Boletín Oficial para su publicación y ARCHIVAR.ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3723DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 14/04/2010.-PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL Nº 599/2010,