ARTÍCULO 1o.- INCORPORAR dentro de la estructura de Gabinete Municipal, a la
SECRETARIA LEGAL y TÉCNICA; y MODIFICAR el artículo 1o de la Ordenanza 3282, el que
quedará redactado de la siguiente forma: “
ARTÍCULO 1o.- APROBAR la estructura de
Gabinete Municipal, en las Secretarías que a continuación se detallan a) GOBIERNO; b)
HACIENDA Y FINANZAS; c) DESARROLLO Y GESTIÓN URBANA; d) TURISMO; e)
PROMOCIÓN, DESARROLLO SOCIAL Y DERECHOS HUMANOS; y f) SECRETARÍA LEGAL
Y TÉCNICA”.
ARTÍCULO 2o.- APROBAR las misiones y funciones de la Secretaría Legal y Técnica, las
que se agregan como Anexo I de la presente; y se incorporan como Anexo VI de la
Ordenanza No 3282.
ARTÍCUO 3o.- FACULTAR al Ejecutivo Municipal para establecer el sistema de reemplazos
de las diferentes Secretarías ante la ausencia del titular.
ARTÍCULO 4o.- La estructura de Gabinete de la Secretaría Legal y Técnica del Municipio
tomará vigencia a partir de la sanción de la presente.
ARTÍCULO 5o.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR.
3695
ORDENANZA MUNICIPAL No