ARTICULO 1°.- EXCEPTUAR de lo establecido en el Artículo VII.1.2.3.2. "Indicadores Urbanísticos, Retiro Contrafrontal Mínimo: 4,99 m — Zonificación MI: Mixto Industrial", del Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano), al predio identificado catastralmente como Parcela 4c, Macizo 08, Sección G de la ciudad de Ushuaia, autorizándose a ocupar en forma parcial el retiro contrafrontal por un ancho de 17 metros.
ARTICULO 2°.- Lo enunciado en el artículo 1°, quedará condicionado a: a) dejar un retiro lateral de 3,00 metros por el largo total de la parcela, libre de ocupación de acuerdo a lo establecido por el Código de Planeamiento Urbano; b) adecuar las construcciones que afecten a predios linderos.
ARTICULO 3°.- REGISTRAR. Pasar al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dar al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVAR. ORDENANZA MUNICIPAL N° 8 6 73 DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 02/12/2009