ARTICULO 1Q.- Para determinar la nomenclatura de vías o lugar
blicos, con el nombre de una personalidad argentina o extranjera, o
sucesos de cualquier índole, dcberá establecerse en forma categ6ri-
ca las causas o merecimientos que lo fundamenten.-
ARTICULO 2Q.- En todos los casos en que se asignen o cambien nombres,
segln lo establecido en el artículo l g , deberá contarse con los 2/3
de votos de los integrantes del Honorable Concejo Deliberantc.-
ARTICULO 30.- En ningnn caso podrá hacerse la designaci6n menciona-
da en el artículo 1P, con cl nombre de personas vivas.o antes de --
transcurridos los diez años de su fallecimiento.-
ARTICULO A9.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su pro
mulgaci6n. Cumplido, ARCHIVESE.-
1 •c•
IZEZ LOS O'f- Utr
• RSS4I0ENTE
JUAN MANUEL RDMANO flQNORBLE CONCEJO DELJBERANTE
SECRETARIO
ORDENANZA MUNICIPAL NO. U000111.E.CKE9 2E1IBERAVE 1111
DADA EN SESION ORDINARIA DEL DIA .. ?? .. / 91.
111111414 CZNTICHAlt/C1 D1C .17EIR DATA
Ordenanza Numero: 113-84
2/2
L
USHUAIA, de agosto de 1984.-
VISTO: La Ordenanza nro. 119/84, sancionada por el Honora
ble Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia; y
CONSIDERANDO:
Que por la misma se fijaii las normas a seguir para la asis
nación o cambio de nombres de calles en nuestra ciudad;
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
ARTICULO 1 º .- PROMULGAR la Ordenanza nro. 113/84, sancionada por el Ho
norable Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia, mediante la cual
se fijan las condiciones para la asignación o cambio de nombre de 11/
calles en nuestra ciudad.-
ARTICULO 2 º .- REFRENDARAN el presente Decreto los senores Secretarios
de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Obras y Servicios Públicos.-
ARTICULO 3 12 .- Comuniquese e quienes conresponda. Dése copia al Hono-
rable Concejo Deliberante y al Boletín Oficial de la Gobernación del
Territorio. Cumplido ARCHIVESE.-
DECRETO MUNICIPAL NR0. 2,7
ES COPIA FIEL ESTABILLO
Julio E. RODRIGUEZ
Eduardo LEONIDAS
Adolfo LOPEZ
ELE.VER ElNENDOZA
JEFA DE DEGFACHJ,
ENAS
Jefa