ARTICULO 1°.- MODIFICASE la Cláusula 34 del
ANEXO I de la Ordenanza Municipal 2192 la que quedara redactada de la siguiente forma: "CLAUSULA 34: Prohíbase la realización de nuevas inhumaciones en el Cementerio ubicado en Avenida Maipú, entre las calles Remolcador Guaraní y Onas, el que se denominará en lo sucesivo "Antiguo Cementerio Municipal". Sólo se autorizarán inhumaciones en panteones existentes con anterioridad a la promulgación de la presente Ordenanza, siempre y cuando exista allí espacio vacante y se trate de parientes del titular dentro del tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad."
ARTICULO 2°.- Regístrese. Dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE. ORDENANZA MUNICIPAL N° 3 09. DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 25/03/2009.