Ordenanza N° 3482 —

Datos de la ordenanza
Número
3482
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Patrimonio Municipal
Comisión
—
Descripción

ARTICULO 1°.- AUTORIZASE la enajenación, previa tasación del Tribunal de Tasación de la Nación, a través del mecanismo de Licitación Pública o Subasta Pública, de los bienes de dominio municipal que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa al Tribunal de Tasación de la Nación, a los efectos de que dicho organismo procesa a la tasación de los inmuebles de dominio municipal detallados en el Anexo I de la presente Ordenanza.

ARTICULO 3°.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a Ilevar adelante el proceso de enajenación autorizado por el Artículo 1° de la presente, de acuerdo a los procedimientos que establecen las normativas vigentes.

ARTICULO 4°.- ESTABLECESE como Valor Base de Oferta de cada Parcela para el proceso de enajenación, el CIEN POR CIENTO (100%) del valor de tasación que determine el Tribunal de Tasación de la Nación.

ARTICULO 5°.- ZONIFICAR las Parcelas indicadas en el Anexo I de la presente, de acuerdo al cuadro que como Anexo II corre agregado a la presente.

ARTICULO 6°.- MODIFICASE el Plano de Zonificación del Código de Planeamiento Urbano vigente (Ordenanza Municipal 2139) de acuerdo a la zonificación enunciada en el Artículo 5° de la presente.

ARTICULO 7°.- ESTABLECER los Usos para las nuevas zonificaciones de las Parcelas indicadas en el Anexo I, de acuerdo a los usos permitidos para cada zona en el Capítulo VIII del Código de Planeamiento Urbano vigente (Ordenanza Municipal 2139).

ARTICULO 8°.- CREASE en el marco de la presente Ordenanza Municipal, el "Fondo de Capital Social para la Demanda Habitacional”, que tendrá carácter de afectación específica, el cual estará conformado por el total de la recaudación proveniente de la enajenación de los bienes de dominio municipal detallados en el Anexo I de la presente.

ARTICULO 9°.- Los recursos que integren el "Fondo de Capital Social para la Demanda Habitacional", se depositarán en una Cuei,ta Específica en el Banco de la Provincia de / Tierra roces$ de urbanización y consolídación urbana de del Fuego y se aplicarán a,,p i ES copl FIEL/bEL ORUN los barrios denominados "Barraficas del Río Pipc)" ."Andna" y "Alakalufes II" que inclu- 7 "Las Istas Molrinas. Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos" Ordenanza Numero: 3482 DEL ORIG 2/9 Conceja eliñerant& d& la Miri 7 O. Fariña 63üzdad d& WeAuata Je spacho Gral - A.L.M D.L T 1 de lIshuair yan apertura de calles o pasajes, alumbrado público, equipamiento y cualificación de espacios públicos, tendido de redes de servicios esenciales y toda otra obra que sea necesaria y aporte al desarrollo de urbanizaciones y/o Módulos de Asentamiento Habitacional que tengan como objeto la construcción de viviendas familiares (colectivas, individuales o prototipos de viviendas apareadas) en observancia con lo establecido en el Plan Urbano de la ciudad de Ushuaia y las Ordenanzas dictadas a tal fin.

ARTICULO 10.- La Secretaría de Desarrollo y Gestión establecerá las prioridades de intervención e inversión para la aplicación del "Fondo de Capital Social para la Demanda Habitacional".

ARTICULO 11.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá dar la más amplia cobertura publicitaria al proceso de enajenación autorizado por la presente Ordenanza.

ARTICULO 12.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá informar trimestralmente al Concejo Deliberante el estado de la cuenta con especificación detallada de las erogaciones que se hayan afrontado, indicando respecto del destino y aplicación de los gastos y toda otra información que resulte relevante para la evaluación y seguimiento del "Fondo de Capital Social para la Demanda Habitacional".

ARTICULO 13.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para SU promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. ORDENANZA MUNICIPAL N° 3482 sql Sancionada en Segunda Lectura en Sesión Ordinaria de fecha: 04/03/2009.

ANEXO I ORDENANZA MUNICIPAL 3482 wei 19 1d TF 1-19-89 19 1 19 TF 1-19-89 60 A 2A 6b TF 1-30-94 2B 2 1 TF 1-29-94 TF 1-62-04 1 / 1d TF 1-62-04 / TF 1-26-08 MARIO H. GAINZ José Lule VERDILE Seeretaito - PRESIDENTE 1,ortoekt Detiberantallhuals CONCEJO DELIBERANTE DE USHUAIA ES COPIA FIELDEL ORIG1NAL Retirt,12 ernenu--- ibe. te "Los Molvinas. Georglas y Sandwirli del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos" Concejo- eliipe/~ d ict Miriarr Fariña F. aticlad ilehtiaitz Jefa D espacho Gral D.L.T. D.G - A.L.M Municipad. e • ANEXOH 3482 sflel ORDENANZA MUNICIPAL CE - Central CE - Central CE - Central R2 — Residencial Densidad Media/Baja R3 — Residencial Densidad Baja R3 — Residencia Densidad Baja MARIO H. GANC1 J,DELuISV-E—/3DIEL :i Secretrdo cnN3r.= PRZRADNETNETE Goneclo Darbeattie ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL /- I rJer Héletor I driguez nP "Los Laas Mal y inas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos" v1,1'17: • .10-1,M119' ,n;51 byie 5rArz. 41/Seit . .144- A.o.yovzo .°95°,e/71/171; P15,7 ----•-•- Ctuoip laruesp, ,w7428/.u9zio 00.2”6- c>12251?- apeJas aeve,7t, f/rvsuef , avoycrelew fiVueuf Alu/.510/1/ 45.eiv fel) >6), /C dst79020 71,1celonf /9.ofivei-teto £.571 00 WICIOAIL . iieQE,17/MZO EG PIABEL D L OFEGINAL • fq;c• ovarooL6 or R. R D Coordlnac ' Loz fre5044% by.0/c400s spv ,e4.91,5 o "olohlooeplk:/pi, ororra.,..sto, .00 .1 for.OS Co bit .11,5 . O17.411 1 ory. rí-.4 ' 4*.spe/celo4.1"...s G• ' swiroavItx. 7eiardo Sook lf fI'e y écirArS bLdlp ollo,sis ?i3Otoe•froacalos. - ch04 bic A/BAO.to.rjítjA " 1.4;tanir.04z.vpaa No7liNc97u, ,c.7717-no /11Nos fi T 18-79 Pitz-da y Ary7f7lb CL” 41-114' •51oce.,ory ,C Or" 11504:0,7 C /114"S 771-12-° tel, p F 111.•CAL,1•5 aviFtele.toN (11' /Zar1~-y 407* amdro.ery,oto ixikcseaurs 19.7uo .04 7esuumel •44#40 Oure Zscialno ..sfpg,cpc.el .rxrps Ara 9/e 20534 '14. 3 a4jo Cti370/,' ZO.5 y #6 9/P A /44; P 1 i"2 c+Jc•zi="5 p.ffle 4.1r c/7?-v ez,,o m.00. 7 .5.7› lk-C c ff/P 457454,9 Sup /177 ,e.c fa 4,974,02 Ki2 19e100 92p4z AiAfivl Diviwon/ j4c. Id 1:y£e 97,7. .5.y9 ip Ayr. /&,,OcZW-S, u„b • CraClM.A 1 .(9 ylelets t2e1ckr15uF4uE.L,S,C:>„E.L •• czervoVjg" , aurkom, .1 • hfa r Ais r>4.2.• Ordenanza Numero: 3482 A Provincia de Tierra del Fuego, 9/9 Antártida e Islas del Atlántico Sur C511: República Argentina Mirican riña Municipalidad de Ushuaia Jefa Dpto oeGsp-a,hli.oLshGmauriael . 1. Y USHUAIA, 09 MAR 2009 VISTO el expediente C.D. - N° 1651/2.009 del registro de esta IvIunicipalidad; y d CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día 04/03/2.009, por medio de la cual, entre otras cuestiones, se autorizaría la enajenación, previa tasación del Tribunal de Tasación de la Nación, a través del mecanismo de Licitación Pública o Subasta Pública, de los bienes de dominio municipal que se indican en el Anexo I de la misma. Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta Municipalidad 3 1 emitiendo el Dictamen S.S.L. y T. N° 1 77recomendando su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152, inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA

ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 3 4 82 Mitlf , sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia, en sesión ordinaria del día 04/03/2.009, por medio de la cual, entre otras cuestiones, se autorizaría la enajenación, previa tasación del Tribunal de Tasación de la Nación, a través del mecanismo de Licitación Pública o Subasta Pública, de los bienes de dominio municipal que se indican en el Anexo I de la misma. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.

ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. DECRETO MUNICIPAL N° 235 /2'.40109.- Rodolfc Alb RREA SECRETARIO CE G IERNO Municipalided de huaia

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