Ordenanza N° 3414 —

Datos de la ordenanza
Número
3414
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Espacios Públicos
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1°.- DESAFÉCTASE del uso público, una superficie de calle de acuerdo al detalle "A" indicado en el croquis que como Anexo I corre agregado a la presente. La superficie desafectada será anexada a la parcela resultante de la Mensura, Unificación y Nueva División de las parcelas B-9B-1 a y 1 b.

ARTICULO 2°.- La Dirección Nacional de Vialidad, en compensación por la superficie desafectada por el Artículo 1° de la presente, cede de la parcela B-9B-1 a, la superficíe indicada en el detalle "A" obrante en el croquis que como Anexo I corre agregado a la presente, para ser afectada al uso público como calle, en el marco del proyecto urbano del sector.

ARTICULO 3°.- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a transferir a título gratuito a la Dirección Nacional de Vialidad el dominio de la porción de tierra desafectada por el Artículo 1° de la presente.

ARTICULO 4°.- La cesión propuesta para la calle que dará continuidad a la denominada como Damiana Fique, deberá garantizar el mismo ancho que la actual en todo el tramo comprendido entre la calle Kuanip y 12 de octubre y la continuidad de las Líneas Municipales con respecto a las mensuras preexistentes.

ARTICULO 5°.- AUTORIZASE el visado de la Mensura, Unificación y Nueva División de las parcelas B-9B-la y 1b, de acuerdo al plano que corre agregado a la presente como Anexo 1, el que quedará condicionado a la demolición de las construcciones existentes que invaden la vía pública sobre la calle Damiana Fique, entre Kuanip y 12 de Octubre.

ARTICULO 6°.- La ejecución de la Mensura, Unificación y Nueva División de las parcelas B-9B-la y 1b y los proyectos de infraestructura de calles, pluviales, cordón cuneta y de servicios, estarán a cargo y costas de la Dirección Nacional de Vialidad. 7----

ARTICULO 7°.- AUTORIZASE el registro de la Mensura, Unificación y Nueva División de las parcelas B-9B-1 a y 1b, de acuerdo al plano que corre agregado a la presente como Anexo I, una vez que se encuentren aprobados los proyectos de infraestructura de calles, pluviales y cordón cunet parte de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos del Municipio y de infr a de servicios por parte de los entes prestado- - '-v-IRÍGUEZ ATWA i L DE usHIJAIA "Las lslas Malrinas. Georgias y Sandwich d Sur y los Hielos Confinentales, son y serán Argentinos" Goticejo- eli4erc~ ti& la Ciaciad dWelzaata res y los mismos sean ejecutados por la Dirección Nacional de Vialidad.

ARTICULO 8°.- Los macizos y la parcela resultantes de la Mensura, Unificación y Nueva División de las parcelas B-9B-1 a y 1b, conservarán la zonificación como "AREA DE PROYECTOS ESPECIALES/ URBANIZACIONES ESPECIALES" establecida en el Capítulo VII.1.2.6. del Código de Planeamiento Urbano.

ARTICULO 9°.- SUSPENDER la aplicación de lo establecido en el Artículo IV.1.1. "NUEVAS URBANIZACIONES Y PARCELAMIENTO — SUBDIVISIÓN DEL SUELO — GENERALIDADES", del Código de Planeamiento Urbano, siendo obligatorio su cumplimiento al momento de tramitarse los proyectos integrales de cada nuevo macizo que surgirá de la nueva mensura planteada o cualquier intervención o modificación parcelaria. Al momento de tramitarse los proyectos integrales de cada nuevo macizo, se deberán ceder los espacios de uso público establecidos en el Artículo IV.1.4. CESIONES, del Código de Planeamiento Urbano vigente, tomando como base de cálculo la superficie de las parcelas B-9B-1a y 1b, consignadas en el plano de mensura TF 1-51-94.

ARTICULO 10.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su publicación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. :171, ORDENANZA MUNICIPAL N° Sancionada en Sequnda Lectura en Sesión Ordinaria de fecha: 01/10/2008.

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