Ordenanza N° 339 NO

Datos de la ordenanza
Número
339
Fecha de sanción
29/03/1988
Vigencia
NO
Decreto
215
Tema
Actividades Comerciales
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción

ARTICULO 1º.- PROHIBESE el expendio de bebidas gaseosas, alcohólicas

fraccionadas en vasos servidos en los mostradores y/o barras y/o mesas de bares,

confiterías, restaurantes o de cualquier establecimiento afín, donde se comercialicen

las mismas, salvo en los casos que su venta se realice por medio de máquinas

expendedoras ante la presencia física de los consumidores.

ARTICULO 2º.- No regirá la prohibición establecida en el artículo anterior cuando el

expendio se realice en envases unitarios de vidrio o metálicos y éstos sean abiertos

en el lugar de consumo y en presencia del adquirente.

ARTICULO 3º.- Regístrese, pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.

Cumplido ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL N° 339 .-

DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 29/03/1988.-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL N° 215 / 88 .-

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