ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE de lo establecido en el Artículo VII.1.9. Indicadores Urbanísticos - Zona Mixto Industrial - del Anexo I de la Ordenanza Municipal 2139 (Código de Planeamiento Urbano) a la Parcela 4 del Macizo 20 de la Sección G de la ciudad de Ushuaia, propiedad de Juan MASCIOTRA y Vicente MASCIOTRA, autorizándose a ocupar en forma parcial el Retiro Frontal por un ancho de 20 metros, dejando un Retiro de la Línea Municipal de 2 metros.
ARTICULO 2°.- Lo establecido en el Artículo precedente, estará condicionado a: a) Que cuando se ejecute una nueva construcción se deberán respetar todos los indicadores del Código de Planeamiento Urbano vigente; b) Que todos los movimientos de carga y descarga se realicen en el interior del galpón; c) Dejar un retiro de 7,15 hietros por el largo total de la Parcela, sobre el lateral lindero a la Parcela 3 del Macizo 20 de la Sección G, que será utilizado como playa de maniobras y estacionamiento de vehículos.
ARTICULO 3°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. 3367 ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA 20/08/2008.