ARTICULO 1°.- INCORPORASE como Artículo 2° de la Ordenanza Municipal. 3314, el texto que se transcribe a continuación: "
ARTICULO 2°.- INSTRUYASE al Departamento Ejecutivo Municipal a sustituir el nombre "AGENCIA USHUAIA" por el de "CONFEDERACIÓN USHUAIA BUREAU" en toda documentación oficial en los registros contables y toda denominación donde las normas hacen referencia a la "AGENCIA USHUAIA", como en la Ordenanza Municipal 3077 que regula el financiamiento del Ente Mixto."
ARTICULO 2°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejec tivo para su publicación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHI ESÉ. ORDENANZA MUNICIPAL N° DADÁ EN SESION ORDINARIA DE FECHA 09/04/2008. Jam) ,001111 CARDENAS 1 ' Concejo Iberante lishusia ES COPIA FIEL DEL ORIGI C.P. ALBERTO ABEL ARAUZ Secretario entmlo Peribrante Ughuol» C Miritivn ariña F. Jefa D "tg,D pacho Gral D.L. G - A.L.M de T Tehuaip Ordenanza ANPnrutoávrmtiindcaeiaerdoIsel:aTsi3edr3erla2Ade2tlláFnutiecgooS, ur 2/2 República Argentina Municipalidad de Ushuaia Miriama(Fari E Jefa Dpto. lio Gral mt4fimpati4ad SHUAIA, '2 5 ARR 2001 VISTO el expediente N 2 CD-30324, 2008 del registro de esta Municipalidad; y CONSIDERANDO: Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día 09/04/2008, mediante la cual se incorpora como Artículo 2 2 de la Ordenanza Municipal N2 3314 el texto: "
ARTICULO 22 .- INSTRUYASE al Departamento Ejecutivo Municipal a sustituir el nombre "AGENCIA USHUAIA" por el de "CONFEDERACION USHUAIA BUREAU" en toda documentación oficial en los registros contables y toda denominación donde las normas hacen referencia a la "AGENCIA USHUAIA", como en la Ordenanza Municipal N2 3077 que regula el financiamiento del Ente Mixto. Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta 2 0 0 Municipalidad emitiendo Dictamen S.S.L. y T. N 2 /2008- recomendando su promulgación. Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico, encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a las prescripciones del artículo 152 inciso 3), de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Ushuaia. Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA DECRETA Ino"
ARTICULO 1 2 .- Promulgar la Ordenanza Municipal N2 t-- , sancionada por el Concejo Deliberante de la ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 09/04/2008, mediante la cual se incorpora como Artículo 2 2 de la Ordenanza Municipal N2 3314 el texto: "
ARTICULO 22 .- INSTRUYASE al Departamento Ejecutivo Municipal a sustituir el nombre "AGENCIA USHUAIA" por el de "CONFEDERACION USHUAIA BUREAU" en toda documentación oficial en los registros contables y toda denominación donde las normas hacen referencia a la "AGENCIA USHUAIA", como en la Ordenanza Municipal N 2 3077 que regula el financiamiento del Ente Mixto. Ello, en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 22 .- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Municipalidad de Ushuaia. Cumplido, archivar. 445 DECRETO MUN IPAL N 22008.- o CORREA GOBIERNO Municipa h ad INTENDENTE de Ushuaie "Las Islas Mplvinas, Georgias y Sandwich del Sur, y los Hielos ConmrmaenrtitcRi taeldsoand ydeseUrásnhAuarigaentinos"