Ordenanza N° 3230 —

Datos de la ordenanza
Número
3230
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Actividades Comerciales
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción

ARTICULO 1º.- SUSTITUYASE el Inciso j) del Artículo 4º - Requisitos para la Autorización - del Capítulo I - Disposiciones Generales - de la Ordenanza Municipal 2895, el que quedará redactado de la siguiente manera: “j) Informe del área técnica de Bomberos de la Policía Provincial.”

ARTICULO 2º.- SUSTITUYASE el Artículo 12 - Instalaciones Eventuales - del Capítulo III - Locales e Instalaciones para Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas - de la Ordenanza Municipal 2895, el que quedará redactado de la siguiente manera: “

ARTICULO 12.- Queda prohibida la instalación de estructuras eventuales, portátiles o desmontables que pretendan utilizarse en la celebración de espectáculos o actividades recreativas.”

ARTICULO 3º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3230 . DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 05/06/2007.

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