ARTICULO 1º.- DESAFECTASE como Espacio Verde el Macizo 13a de la Sección “H” del Ejido Urbano de la ciudad de Ushuaia.
ARTICULO 2º.- AFECTASE el Macizo citado en el Artículo precedente a Uso de carácter Residencial, de acuerdo al proyecto que elabore el área técnica competente del Municipio.
ARTICULO 3º.- La adjudicación en venta para la regularización de los predios fiscales que resulten del proyecto que elabore el área técnica competente del Municipio, se hará mediante Decreto Municipal previo cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Municipal 2025. En el Decreto de Adjudicación en Venta, el Departamento Ejecutivo Municipal ordenará la extensión del Título de Propiedad del predio fiscal adjudicado condicionado al pago total del valor del predio y los tributos municipales.
ARTICULO 4º.- Para aquellos beneficiarios que no resulte posible aplicar lo establecido en el Artículo 3º de la presente Ordenanza, se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir Convenios de Comodato por un tiempo máximo de DOS (2) años, de carácter improrrogable, debiendo el comodatario en dicho plazo regularizar su situación para encuadrarse en el Artículo 3º, caso contrario caducará automáticamente el Convenio, estableciéndose un plazo de TREINTA (30) días para desocupar el predio.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE. ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3224 . Sancionada en Segunda Lectura en Sesión Ordinaria de Fecha: 16/06/2007.