ARTICULO 1º.- INSTITUYASE el Programa de Incentivos al Contribuyente Cumplidor,
de acuerdo a lo establecido en la presente Ordenanza.
ARTICULO 2º.- En el marco del programa establecido en la presente, se beneficiará con
el DIEZ POR CIENTO (10%) de descuento sobre la liquidación de los Impuestos
Inmobiliario, Automotor, Tasas Generales y Tasa a la Actividad Comercial e Industrial, a
aquellos contribuyentes que en el año inmediato anterior hubiesen cumplido con todas
sus obligaciones en tiempo y forma y no registren deudas tributarias ni se encuentren
suscriptos a planes de pagos, aún en los casos que dichos planes se encuentren al día.
Dicho descuento se aplicará sobre los importes establecidos para cada cuota de
acuerdo a la Ordenanza Tarifaria vigente y no será acumulable a otros beneficios, salvo
los establecidos en la presente.
ARTICULO 3º.- Para aquellos contribuyentes que, además de haber cumplido con lo
establecido en el Artículo 2º de la presente, deseen abonar la totalidad del importe
correspondiente al año entrante, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 1º del Anexo
I de la Ordenanza Municipal 1507 y sus modificatorias, se aplicará un descuento del
QUINCE POR CIENTO (15%) en total.
ARTICULO 4º.- Los beneficiarios establecidos en la presente cesarán, sin mediar
necesidad de notificación al contribuyente, ante la primera mora que se registrare en
cualquiera de los tributos descriptos.
ARTICULO 5º.- La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir del 01 de Enero de
2007.
ARTICULO 6º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 3148 .
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 22/11/2006.
PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL Nº 1276/2006, DE FECHA: 11/12/2006.-
JUAN CARLOS ARCANDO
RICARDO JOSE DAS NEVES ROSA