ARTICULO 1°.- INCORPÓRASE al Anexo I de la Ordenanza Municipal N° 1494, los Artículos 411 0 al 417° inclusive, los que quedarán redactados de la siguiente manera: "
ARTICULO 411°.- DENOMINASE "Los Salesianos", a la calle que corre adyacente al sur de los Macizos 46, 117 y 39 de la Sección "J" y al norte de los Macizos 45, 116, 115, 41 y 40 de la Sección "J"." -
ARTICULO 412°.- DENOMINASE "De las Mareas", a la calle que corre adyacente al sur de las Parcelas 2, 3 y 4 del Macizo 116 y el Macizo 115, al sur/sudoeste del Macizo 41 y al nor/noreste del Macizo 42, todos de la Sección "J"." "
ARTICULO 413°.- DENOMINASE "De la Ermita", a la calle que corre adyacente al sur de los Macizos 46 y 45, al sudeste de los Macizos 45 y 46, y al norte del Macizo 44, al oeste de los Maciros 43 y 116 y al oeste del Macizo 117, todos de la Sección "J", finalizando en la cale "Águila Mora"." -
ARTICULO 414°.- DENOMINASE "De la Plaza", a la calle que corre adyacente al sur de los Macizos 116,47 y 41 y al norte del Macizo 43, todos de la Sección "J"." "
ARTICULO 415°.- DENOMINASE "De las Rocas", a la calle que corre adyacente al sur/sudoeste del M.Icizo 43 y al norte/noreste de los Macizos 44 y 40, todos de la Sección "
ARTICULO 416°.- DENOMINASE "De la Cuesta", a la calle que nace en la calle "De la Ermita" y finaliza et la calle "Los Salesianos"." "
ARTICULO 417°.-;DENOMINASE "De las Bahías", a la calle que nace en la calle "De las Recas" y finaliza en la calle "Los Salesianos", entre los Macizos 41, 43 y 40, todos de la Sección "J' "
ARTICULO 2°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. 2902,01" ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 13/07/2005.