ARTICULO 1°.- AUTORIZASE un espacio reservado entre discos de SIETE (7) metros aproximadamente, con la leyenda en placa adicional: "Reservado Personas con Discapacidad - Familia VILLEGAS ", frente a la vivienda ubicada en la calle 9 de Julio N° 335 de nuestra ciudad, propiedad de los Señores Carlos Leonardo VILLEGAS, D.N.I. N° 14.653.104, y Rodolfo Herminio VILLEGAS, D.N.I. N° 17.407.213.
ARTICULO 2°.- Exceptúase a los Señores Señor Carlos Leonardo VILLEGAS, D.N.I. N° 14.653.104, y Rodolfo Herminio VILLEGAS, D.N.I. N° 17.407.213, del pago establecido en el Artículo 14, Inciso i) de la Ordenanza Municipal N° 1508.
ARTICULO 3°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. 2836"ii. ORDENANZA MUNICIPÁL N° DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 16/03/2005.