Ordenanza N° 2799 —

Datos de la ordenanza
Número
2799
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Espacios Públicos
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción

ARTICULO 1°.- INCORPÓRASE el Artículo 4° BIS a la Ordenanza Municipal N°

2447, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"

ARTICULO 4° BIS.- Establecer un plazo de TRES (3) meses contados a partir de la

publicación de la presente Ordenanza, para que los vecinos cuyos predios resulten

linderos contrafrontalmente con las parcelas creadas por aplicación de la presente,

presten o no, su conformidad a la adjudicación. Cumplido dicho plazo, las fracciones

fiscales no aceptadas o no manifestado su rechazo, serán incorporadas al marco de

lo establecido en el Artículo 5° de la presente".

ARTICULO 2°.- Sustituir el Artículo 5° de la Ordenanza Municipal N° 2447, el que

quedará redactado de la siguiente manera:

"

ARTICULO 5°.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá instrumentar los

acuerdos que permitan la transferencia de las parcelas identificadas como "x" e "y"

en el Anexo I de la presente, al Instituto Provincial de la Vivienda, en el marco de lo

establecido en la cláusula Tercera del Acta Complementaria al Convenio General de

Cooperación Recíproca celebrado entre la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e

Islas del Atlántico Sur y la Municipalidad de Ushuaia en fecha 08 de julio de 2004,

Registro Provincial N° 9825, ratificado mediante Decreto Provincial N° 2391/2004,

Registro Municipal N° 2623, aprobado mediante Decreto Municipal N° 846/2004 y

ratificado por Resolución C.D. N°149/2004, suscripta en fecha 12 de Agosto del

corriente año".

ARTICULO 3°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,

dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-

2 7 9 9 ri"

ORDENANZA MUNICIPAL N°

DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 15/12/2004.

Maf. Concej ..inperante

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A/C Preándencia

RICARDO J. DAS NEVES ROS.

Secretario

Concejo Debberante

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Municipalidad de Ushuaia r Ida Dpto. 1 Gral

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USHUAIA, 0 4 ENE 2005

VISTO el expediente N° CD-0772112004 del registro de esta Municipalidad; y

CONS1DERANDO:

Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal

sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día

15/12/2004, por la cual se incorpora el artículo 4° bis y se sustituye el artículo 5° de la

Ordenanza Municipal N° 2447.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta

4 Municipalidad emitiendo Dictamen A.L.M. N° () fJ /2005, recomendando su

promulgación.

Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,

encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención

a las prescripciones del artículo 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la

ciudad de Ushuaia.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 7 9 9 ,12cionada por el

Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 15/12/2004,

por la cual se incorpora el artículo 4° bis y se sustituye el artículo 5° de la Ordenanza

Municipal N° 2447. Ello en virtud de lo expuesto en el exordio.

ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Mu cipalidad de Ushuaia.

Cumplido, archivar.

DECRETO MUNICIPAL N° ' /2005.

t

Lic. HECTOR A EFANI

'ecretario de bierno UÑO

c•Ja

Mu aIi ' e Ushuaia

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, y los Hielos Continental son y án Argentinos"

Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza fue modificada por:
N° 3116 ARTICULO 1º.- MODIFICASE el Artículo 4
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