ARTICULO 1°.-- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a crear una Agencia
de Gestión Mixta, Público - Privada, destinada a la promoción y fomento del desarrollo
económico local, de la innovación tecnológica, con particular énfasis en la promoción del
turismo, cuyo estatuto deberá ajustarse a las condiciones que se establecen en la
presente Ordenanza.
ARTICULO 2°.- La Agencia deberá ser autárquica y su accionar será fiscalizado por la
Sindicatura General del Municipio o por el organismo que la reemplace.
ARTICULO 3°.- Tendrá un directorio mixto integrado por el Municipio y aquellas institucio-
nes que, además de adherir al estatuto de la misma, contribuyan a su sostenimiento y
cuyos miembros cumplirán funciones "Ad Honorem".
ARTICULO 4°.- El Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer del Presupuesto
Municipal, los fondos que considere indispensables para la puesta en marcha y
funcionamiento de la Agencia, sin perjuicio de los recursos provenientes de otras fuentes
de financiamiento para el cumplimiento de los objetivos de la misma.
ARTICULO 5°.- El instrumento de creación de la Agenciá, deberá ser remitido al Concejo
Deliberante de la ciudad de Ushuaia, a los efectos de su correspondiente ratificación.
ARTICULO 6°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese
al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.
7 7 5 7n ORDENANZA MUNICIPAL N°
Sancionada en Segunda Lectura en Sesión Ordinaria del: 01/12/2004.
Jam.
RICARDO J. DAS NEVES ROSA JUAN CARLOS PINO
Secretario Prelidente
Concejo Deliberante Conceio DelIberante Ushuaia
COPM
T-05R RAMON RODPIIGUEZ
Jefo Dpto Des.p.actro Gleneral
Cenoejo Dollberanto
"Zas Islas Maluínas, Ceorgias y Sandwich de/Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"
OrdenanzaANPnrtoáuvrtmiindcaieaerdIoselaT:sie2drer7laA7det5lláFntuiecgooS, ur
2/2
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia
usHuAIA, 1 7 OIC 2004
VISTO el expediente N° CD-07415/2004 del registro de esta Municipalidad; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día
01/12/2004, por la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Munícipal a crear una
Agencia de Gestión Mixta, Público - Privada destinada a la promoción y fomento del
desarrollo económico local, y la innovación tecnológica, con particular énfasis en la
promoción del turismo.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta
5 4 9 Municipalidad emitiendo Dictamen A.L.M. N° /2004, recomendando su
promulgación.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención
a las prescripciones del artículo 152 inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por efio:
EL IIITENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
7 5
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal i7 7 71sancionada por el
Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 01/12/2004,
por la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a crear una Agencía de
Gestión Mixta, Público - Privada destinada a la promoción y fomento del desarrollo
económico local y la innovación tecnológica, con particular énfasis en la promoción del
turismo . Ello en virtud de lo expuesto en el exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar at Boletín Oficial de la Munici lidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar. (2004.
8 DECRETO MUMC)PAL1Nt4 1
am.
TOR A. STEFANI Munici GARRAMUÑO
Secretario de Gobierno ente
Municipalidad de Ushuaia de UshuaIa
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, y los Hielos Continentales son erán Argentinos"