ARTICULO 1º.- MODIFÍACASE el Artículo 19 de la Ordenanza Municipal Nº 2613, el que
quedara redactado de la siguiente forma:
“
ARTICULO 19.- Créase la Comisión de Evaluación de Postulantes para el cargo de
Defensor del Vecino, que estará integrada por:
a) UN (1) representante técnico del Departamento Ejecutivo Municipal;
b) UN (1) representante responsable del Juzgado Administrativo Municipal de
Faltas;
c) UN (1) representante técnico del área parlamentaria del Concejo Deliberante;
d) El Secretario del Concejo Deliberante;
e) TRES (3) representantes de organizaciones civiles no gubernamentales de la
ciudad legalmente constituidas las que se elegirán por sorteo. A efectos de
instrumentar el sorteo el Concejo Deliberante a través de la Presidencia,
convocará durante DOS (2) días a inscripción de organizaciones postulantes.
Por Secretaría del Concejo Deliberante se efectuará el sorteo entre las
organizaciones inscriptas.”
ARTICULO 2º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación, dese
al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2683 .-
DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 30/06/2004.-
Juan Carlos PINO
Ricardo José DAS NEVES ROSA