ARTICULO 1º.- Todo vehículo automotor habilitado al Servicio Privado de Remis en la
ciudad de Ushuaia, deberá exhibir en lugar visible para el pasajero un cartel con la
siguiente leyenda: "Los precios de los viajes son en Pesos - Trip price are in Pesos".
ARTICULO 2º.- El incumplimiento a lo establecido en la presente, será sancionado con
multas de 50 U.F.A. a 300 U.F.A.
ARTICULO 3º.- Notifíquese a las agencias de Remis habilitadas de la exigencia
establecida en la presente Ordenanza.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,
dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2654 .
DADA EN SESIÓN ORDINARIA DE FECHA: 31/03/2004
DECRETO MUNICIPAL Nº 366/2004, FECHA: 20 de Abril de 2004.-
Federico SCIURANO
Ricardo José DAS NEVES ROSA