ARTICULO 1°.- Solicitud del interesado dirigida al Señor Intendente donde manifies te su deseo de iniciar la auto-construcción de su vivienda.
ARTICULO 2°.- Adjuntar fotocopia del Decreto de Adjudicación, de la Dirección de Tierras Fiscales de Gobierno a nombre del ínteresado; sí asi correspondiere.
ARTICULO 3°.- Declaración jurada con los ingresos mensuales del titular y/o familiares si los hubiera, adjuntando certificados de trabajo o recibos del último mes correspondiente a la fecha de la solicitud. Si fuera trabajador independiente Declaración Jurada ante el Juzgado de Paz.
ARTICULO 4°.- Tendrán derecho a obtener los beneficios de la Ordenanza N° 175/86 todos aquellos cuyos ingresos no superen los limites fijados por el FO.NA.VI para estar comprendidos en las operativas del IN.TE.VU .
ARTICULO 5°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Publiquese. Cumplido. ARCHIVESE.- , NA ORTIZ DE CACHIN .4 PRESIDENTE G"tx gcB. TARIA Vonorab'e ConCe:o reliberante ORDENANZA MUNI C I PAL N° H. COPtgq -,;-"1"RAN/E DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA