ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE de lo establecido en el Anexo I de la Ordenanza Municipa!
N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano), a la obra ubicada en la Parcela 2XR Jel
Macizo 1000 de la Sección "J", propiedad del señor Constante Moreno PRETO
autorizándose a:
1) Un Retiro de Costa de 19 metros desde la Línea Máxima de Marea:
2) Un Plano Límite de Altura Máxima de 20,27 metros.
.
ARTICULO 2°.- El Certificado Final de Obra será extendido por parte del Area Técnica
Municipal competente, previa presentación, tramitación y aprobación del Proyecto de
Urbanización de las Parcelas denominadas como J-1000-2WR, J-1000-2XR, J-1000-
2ADR, J-1000-2AFR y J-1000-2YR, incluyendo la definición de macizos, calles y espacios
públicos a ceder y asegurando el acceso público al área de costa.
,
ARTICULO 3°.- Comuniquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,
•dese al Boletín Oficial,Municipal para su publicación y ARCHIVESE.
2 6 o o é`a
ORDENANZA MUNICIPAL N°
DADA EN SESION ORDINARIA DE FE : 03/09/2003.
LUGONES
do
Iberante
'Zas lslas Maluinas, Georg/65 Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"
Plu\'ineia de Tierra del 1uego.
OrdenanzAarnNártuidma Ceisrleos:de2l A6t0lán0lico Sur
2/2 Repúblict Algentmu
Municipalid4d de Ushuaia
USHUAIA, 9 S EP 2003
V1STO: El Expediente N° CD-04658/2003 del Registro de esta Municipalidad,
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día
03/09/2003, por la cual se exceptúa de lo establecido en el Anexo I de la Ordenanza
Municipal N° 2139 (Código de Planeamiento Urbano), a la obra ubicada en la Parcela
2XR del Macizo 1000 de la Sección "J" propiedad del Señor Constante -Moreno PRETO,
autorizándose a: 1) Un Retiro de Costa de 19 metros desde la Línea Máxima de Marea,
2) Un Plano Límite de Altura Máxima de 20,27 metros.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo Dictamen A.L.M. N° 595/2003, recomendando su promulgación.
Que el suscripto comparte el criterío sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a
las prescripciones del Artículo 152 Inciso 3) de la Carta Orgánica MuniCipal de la
ciudad de Ushuaia.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
6 0 0 ,
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Munícipal N°2 sancionada po.r el
Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 03/09/2003,
por la cual se exceptúa de lo establecido en el Anexo I de la Ordenanza Municipal N°
2139 (Código de Planeamiento Urbano), a la obra ubicada en la Parcela 2XR del Macizo
1000 de la Sección "J" propiedad det Señor Constante Moreno PRETO, autorizándose
a: 1) Un Retiro de Costa de 19 metros desde la Línea Máxima de Marea; 2) Un Plano
Límite de Altura Máxima de 20,27 metros. Ello en virtud de lo expue o en et exordio.
ARTICULO 2°.- Comunicar. Dar al Boletín Oficial de la Mu ipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archivar. 59 1
DECRETO MUNICIPAL N° 12003.
mgf.
CRISTINA SANTANA ORO GARRAML
Secultarizee Gobierno
Ir le lente
de Ushuaia
de Ushuala
"LosI. las fa vin y, Georgias y Sandwich del Sur, y los Hielos continentales so y sera rgentinos"