ARTICULO 1 0 - AUTORIZASE un espacio reservado entre discos en la calle
Independencia N° 1089, abarcando todo el frente del Centro de Atención Primaria
'Periférico N° 5", de acuerdo a lo reglamentado en la Ordenanza Municipal N° 1797, con la
ileyenda en placa adicional que exprese: "Reservado uso exclusivo del Centro
Periférico N° 5"
iii
ARTICULO 2°.- El Depa-tarnento Ejecutivo Municipal procederá a la colocación de la
Séñalización vial correspo-diente.
IARTICULO 3°.- Comunícuese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,
Idése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.
DA EN SESION ORDINARIA DEFECHA:' 03/09/2003.
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1 'Las Islas Maluinas, Georgza i Sandwich del Sur y los Ifielos Continentales, son y serán Argentinos"
OrdenanAPnzrtraaurtmiNdeaiauedmIesTlaieesrdrraeold:Aelt2ll'áe5me19i2j.4(o).Sur
2/2
kepúblice Argentinu
Municipalithld de Ushuaia
1 7 S P USHUAIA,
VISTO: El Expediente N° CD-04657/2003 del Registro de esta Municipalidad,
Y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo trarnita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por ei Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día
03/09/2003, por la cual se autoriza un espacío reservado entre discos en la calle
Independencia N° 1089, abarcando todo el frente del Centro de Atención Primaria
"Penférico N° 5", de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 1797, con la
leyenda en placa adicional que exprese: "Reservado uso exclusivo del Centro Periférico
N° 5"
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo Dictamen A.L.M. N° 591/2003, recomendando su promulgación.
Que asimismo sugiere dar intervención al Cuerpo Deliberativo a fin que
considere la observaci5n efectuada en el citado Dictamen.
Que el suscripto comparte el críterio sustentado por ese Servicio Jurídico y se
encuentra facultado pEtra el dictado del presente acto administrativo, en atención a las
prescripciones del Artículo 152 Inciso 3) de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad
de Ushuaia.
Por ello:
E l_ 1NTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
5 9 4 ,
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° 2
sancionada por el
Concejo Deliberante de la Crudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 03/09/2003,
por la cual se autoriza un espacio reservado entre discos en la calle Independencia N°
1089, abarcando todo el frente del Centro de Atención Primaria "Periférico N° 5", de
acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal N° 1797, con la leyenda en placa
adicional que exprese: "Reservado uso exclusivo del Centro Per N° 5". Ello en
virtud de lo expuesto ert el exordio.
ARTICULO 2°.- Dar intervención al Cuerpo Deliberatív a fin que considere la
observación efectuada en Dictamen A.L.M. N° 591/20
ARTICULO Comunicar. Dar al Boletín Oficial C1 la Munici palidad de Ushuaia.
5 7 2 Cumplido, archivar, /2003.
DECRETO MUNICIPAL N°
1 STINA SANTANA Munici GARRAMUN
Secretaria de Gobierno clente
Municipalidad de Ushuaia
de Ushuala
'Les Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, y los Hielos Continent y serán Argentinos"