Datos de la ordenanza
Número
2542
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Código de Planeamiento
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción
ARTICULO EXCEPTUASE de lo establecido en el Capítulo VI.2.2. del
ANEXO I de la Ordenanza Municipal N° 2139, a la propiedad ubicada en la Parcela 6d del Macizo 11 de la Sección "A" autorizándose las siguientes alturas mínimas: a) Para el Hospedaje: a.1) Locales 1 y 2 (dormitorios): 2,17 metros; a.2.) Local 3 (estar): 2,13 metros; a.3.) Locales 4, 5 y 6 (dormitorios): 2,35 metros; b) Para la vivienda: b.1) Local 1 (dormitorio): 2,30 metros; b.2) Local 2 (estar): 2,30 metros.
ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.- 1?) gL ORDENANZA MUNICIPAL N° .- DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 10/12/2002.-
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Documento