Ordenanza N° 2473 —

Datos de la ordenanza
Número
2473
Fecha de sanción
19/10/2015
Vigencia
—
Tema
Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1º.- FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer el

emplazamiento de reductores de velocidad vehicular en las arterias de la ciudad de

Ushuaia.

ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal designará la dependencia

encargada de determinar, mediante estudios técnicos previos, el emplazamiento de los

reductores de velocidad en aquellos lugares donde las condiciones del tránsito así lo

requieran.

ARTICULO 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá enviar al Concejo

Deliberante las características técnicas de los reductores de velocidad a utilizar por el

Municipio, para su aprobación y posterior instalación.

ARTICULO 4º.- En las áreas donde se emplacen reductores de velocidad, se instalará

la señalización vertical y horizontal que se indica en la Ley Nacional de Tránsito Nº

24.449, a fin que no constituya un obstáculo no previsible o inesperado. Además deberá

contar con iluminación suficiente para su visualización nocturna y carteles en los

accesos, con la función de prevenir a los eventuales conductores.

ARTICULO 5º.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación. Cumplido.

ARCHIVESE.

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2473 .

DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 03/07/2002.

DECRETO MUNICIPAL Nº 481/2002, FECHA: 19 de Julio de 2002.-

Mónica Beatriz OJEDA

Marcos F.A. LUGONES

Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza fue modificada por:
N° 3563 ARTICULO 1°.- SUSTITUYASE el Articulo 3
Palabras claves
Clic en una palabra clave para ver todas las ordenanzas que la comparten.