Datos de la ordenanza
Número
2409
Fecha de sanción
14/11/2001
Vigencia
NO
Decreto
1247
Tema
Actividades Comerciales
Comisión
Hacienda, Presupuesto y Cuentas
Descripción
ARTICULO 1º.- SUSTITÚYASE el Artículo 5º de la Ordenanza Municipal Nº 2078, el
que quedará redactado de la siguiente manera:
“
ARTICULO 5º.- Facúltase al Ejecutivo Municipal para que ante festividades o
eventos que considere especiales, pueda extender, mediante Decreto Municipal, los
horarios establecidos en la presente.”
ARTICULO 2º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2409 .-
DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 14/11/2001.-
Jam.
Observaciones
NULL
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza modifica a:
N° 2078
ARTICULO 1°.- INCORPORASE al Inciso b)
Documento