ARTICULO 1º.- EXCEPTUASE de lo establecido en el Anexo I de la Ordenanza
Municipal Nº 2139, para la obra ubicada en la Parcela 1a, del Macizo 62, de la
Sección “A”, propiedad del señor SORO Juan, autorizándose a ocupar parcialmente
la vía pública, en su ochava y parte del lateral sobre la calle Yaganes, hasta 0,86
metros.
ARTICULO 2º.- Lo establecido en el Artículo precedente quedará condicionado a:
que la superficie que invade la vía pública deberá ser demolida cuando la Autoridad
de Aplicación así lo requiera, y observando que al momento de erigirse un nuevo
edificio, o efectuar modificaciones en el existente, sobre la ochava en cuestión y la
Línea Municipal con frente a la calle Yaganes, la misma deberá respetar los límites
actuales de la Parcela.
ARTICULO 3º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2403 .-
DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 31/10/2001.-
Jam.