Ordenanza N° 2220 NO

Datos de la ordenanza
Número
2220
Fecha de sanción
20/09/2000
Vigencia
NO
Decreto
1214
Tema
Justicia de Faltas
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 900 de la Ordenanza Municipal N° 1492, el que

quedará redactado de la siguiente manera:

"

ARTICULO 90°.- Circular sin Seguro ( Artículo 68° Ley Nacional N° 24.449), por

resporlsabilidad cívil hacia terceros, transportados o no, con póliza que cubra por lo

menos, muerte, lesiones y daños materiales; se penalizará con multa de 300 a 3.000

U.F.A.".-

ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,

dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL N°

DADA EN SES1ON ORDINARIA DE FECHA: 20/

I I Z6 P-92a4 C/Waivnas., jeo9ydas y -07~, son y seoci." (2,14,62¿G;na.;"

Ordenanza Numero: 2220 ( •p

2/2 Provincia de Tierra del Fuego, .ft-1-7-1.7771777-11:Z.,

Antártida e Islas del Atlánuco Sur Upto Despacho Generai

República Argenuna y D G. •A.L.M

Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, 4 nu Cu

10

VISTO: El Expediente N° 05677/2000, del registro de esta Municipalidad,

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal

sancionada por el Concejo Deliberante de esta Ciudad en sesión ordinaria del día

20/09/2000, por la cual se modifica el artículo 90° de la Ordenanza Municipal N° 1492.

Que dicha norma fue oportunamente vetada mediante Decreto Municipal N°

1173/2000.

Que por Resolución C.D. N° 119/2000 dada en sesión ordinaria de fecha

04/10/2000, el Concejo Deliberante de nuestra ciudad insiste en la sanción de la norma

antes citada.

Que este Ejecutivo entiende que se han cumplido los requisitos exigidos por el

Art. 101 inc. 1) de la Ley Territorial N° 236 para proceder a la promulgación de la norma

insistida.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto

administrativo, en atención a las prescripciones del Artículo 101°, inciso 1) de la Ley

Territorial N° 236 y Artículo 108° inciso d) de la Ley Provincial N° 141.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA sancionada por el

2 2 cs:

ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N°

Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia, en sesión ordinaria del día 20/09/2000,

mediante la cual se modifica el artículo 90° de la Ordenanza Munic al N° 1492. Ello en

virtud de la insistencia efectuada mediante Resolución C.D 19/ 000.

ARTICULO 2°.- Comuniquese. Dese al Boletín Oficial de nicipalidad de Ushuaia.

Cumplido. Archívese.

DECRETO MUNICIPAL N° 1 2 1 Ll /2000.

LIc.JUAN MANUEL ROMANC Y O:)S HIELOS CONT[NEN AlliS. .Y SERAN ARGINTIN()s-

Secretario de Gobierno MunIcipa'

MunicipalidA de Ushual

"LAS' ISLAS MALVINAS,GEORGIAS Y SANDWICI-I DEL

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