ARTICULO 1°.- MODIFICASE el Artículo 900 de la Ordenanza Municipal N° 1492, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
"
ARTICULO 90°.- Circular sin Seguro ( Artículo 68° Ley Nacional N° 24.449), por
resporlsabilidad cívil hacia terceros, transportados o no, con póliza que cubra por lo
menos, muerte, lesiones y daños materiales; se penalizará con multa de 300 a 3.000
U.F.A.".-
ARTICULO 2°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,
dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL N°
DADA EN SES1ON ORDINARIA DE FECHA: 20/
I I Z6 P-92a4 C/Waivnas., jeo9ydas y -07~, son y seoci." (2,14,62¿G;na.;"
Ordenanza Numero: 2220 ( •p
2/2 Provincia de Tierra del Fuego, .ft-1-7-1.7771777-11:Z.,
Antártida e Islas del Atlánuco Sur Upto Despacho Generai
República Argenuna y D G. •A.L.M
Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, 4 nu Cu
10
VISTO: El Expediente N° 05677/2000, del registro de esta Municipalidad,
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta Ciudad en sesión ordinaria del día
20/09/2000, por la cual se modifica el artículo 90° de la Ordenanza Municipal N° 1492.
Que dicha norma fue oportunamente vetada mediante Decreto Municipal N°
1173/2000.
Que por Resolución C.D. N° 119/2000 dada en sesión ordinaria de fecha
04/10/2000, el Concejo Deliberante de nuestra ciudad insiste en la sanción de la norma
antes citada.
Que este Ejecutivo entiende que se han cumplido los requisitos exigidos por el
Art. 101 inc. 1) de la Ley Territorial N° 236 para proceder a la promulgación de la norma
insistida.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto
administrativo, en atención a las prescripciones del Artículo 101°, inciso 1) de la Ley
Territorial N° 236 y Artículo 108° inciso d) de la Ley Provincial N° 141.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA sancionada por el
2 2 cs:
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N°
Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia, en sesión ordinaria del día 20/09/2000,
mediante la cual se modifica el artículo 90° de la Ordenanza Munic al N° 1492. Ello en
virtud de la insistencia efectuada mediante Resolución C.D 19/ 000.
ARTICULO 2°.- Comuniquese. Dese al Boletín Oficial de nicipalidad de Ushuaia.
Cumplido. Archívese.
DECRETO MUNICIPAL N° 1 2 1 Ll /2000.
LIc.JUAN MANUEL ROMANC Y O:)S HIELOS CONT[NEN AlliS. .Y SERAN ARGINTIN()s-
Secretario de Gobierno MunIcipa'
MunicipalidA de Ushual
"LAS' ISLAS MALVINAS,GEORGIAS Y SANDWICI-I DEL