ARTICULO 1°.- PROHÍBASE girar a la izquierda en el ingreso y egreso, al acceso al
Hospital Naval, Cine Packewaia, Museo Marítimo, etc. Situado sobre la calle Yaganes,
entre las arterias Gobernador Paz y Gobernador Deloqui.-
ARTICULO 2°.- El Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, deberá
realizar la señalización correspondiente, tanto sobre la calle Yaganes, como así a la
salida del mencionado acceso, según croquis que como Anexo I forma parte integrante
de la presente; e implementará una campaña de difusión de la presente norma por los
distintos medios de comunicación masiva.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,
dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.-
ORDENANZA MUNICIPAL 22 1
DADA EN SESION ORDINARIA DE FEC : 20/09/2000.-
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Ordenanza Numero: 2216 Jeff, neral
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3/3 Provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina
Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, 2. 9 SEP 2000
VISTO: El Expediente N° 05735/2000 del Registro de esta Municipalidad, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día
20/09/2000, por la cual se prohibe girar a la izquierda en el ingreso y egreso, al acceso
al Hospital Naval, Cíne Packewaia, Museo Marítimo, etc., situado sobre la calle
Yaganes, entre las arterias Gobernador Paz y Gobernador Deloqui.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo Dictamen L. y T. - A.L.M. N° 533/2000, recomendando SU
promulgación.
Que el sumripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a
las prescripciones del Artículo 101° Inciso 1) de la Ley Territorial N° 236.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
DECRETA
2 2 1 6 ,
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° sancionada por el
Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 20/09/2000,
por la cual se prohibe girar a la izquierda en el ingreso y egreso, al acceso al Hospital
Naval, Cine Packewaia, Museo Marítimo, etc., situado sobre la calle Yaganes, entre las
arterias Gobernador Paz y Gobernador Deloqui. Ello en virtud de lo expuesto en el
exordio.
ARTICULO 2°.- Comuníquese. Dese al Boletín Ofici de a Municipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archívese. /2000.
1188
DECRETO MUNICIPAL N°
..Jc.JUANMANUELROMANC
Secretario de Gobierno Municipal
Municipalidod de Ushuale
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, y Los Hielos contin icde,s Sl)i7 y Serán Argenlinos'