Ordenanza N° 2216 NO

Datos de la ordenanza
Número
2216
Fecha de sanción
20/09/2000
Vigencia
NO
Decreto
1188
Tema
Tránsito
Comisión
Policía Municipal
Descripción

ARTICULO 1°.- PROHÍBASE girar a la izquierda en el ingreso y egreso, al acceso al

Hospital Naval, Cine Packewaia, Museo Marítimo, etc. Situado sobre la calle Yaganes,

entre las arterias Gobernador Paz y Gobernador Deloqui.-

ARTICULO 2°.- El Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, deberá

realizar la señalización correspondiente, tanto sobre la calle Yaganes, como así a la

salida del mencionado acceso, según croquis que como Anexo I forma parte integrante

de la presente; e implementará una campaña de difusión de la presente norma por los

distintos medios de comunicación masiva.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación,

dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHÍVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL 22 1

DADA EN SESION ORDINARIA DE FEC : 20/09/2000.-

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Ordenanza Numero: 2216 - x0

2/3 ORDENANZA \IU \ICIPAL N°: 2 2164 .

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Ordenanza Numero: 2216 Jeff, neral

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3/3 Provincia de Tierra del Fuego,

Antártida e Islas del Atlántico Sur

República Argentina

Municipalidad de Ushuaia USHUAIA, 2. 9 SEP 2000

VISTO: El Expediente N° 05735/2000 del Registro de esta Municipalidad, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal

sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día

20/09/2000, por la cual se prohibe girar a la izquierda en el ingreso y egreso, al acceso

al Hospital Naval, Cíne Packewaia, Museo Marítimo, etc., situado sobre la calle

Yaganes, entre las arterias Gobernador Paz y Gobernador Deloqui.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta

Municipalidad emitiendo Dictamen L. y T. - A.L.M. N° 533/2000, recomendando SU

promulgación.

Que el sumripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,

encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a

las prescripciones del Artículo 101° Inciso 1) de la Ley Territorial N° 236.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA

DECRETA

2 2 1 6 ,

ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° sancionada por el

Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 20/09/2000,

por la cual se prohibe girar a la izquierda en el ingreso y egreso, al acceso al Hospital

Naval, Cine Packewaia, Museo Marítimo, etc., situado sobre la calle Yaganes, entre las

arterias Gobernador Paz y Gobernador Deloqui. Ello en virtud de lo expuesto en el

exordio.

ARTICULO 2°.- Comuníquese. Dese al Boletín Ofici de a Municipalidad de Ushuaia.

Cumplido, archívese. /2000.

1188

DECRETO MUNICIPAL N°

..Jc.JUANMANUELROMANC

Secretario de Gobierno Municipal

Municipalidod de Ushuale

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, y Los Hielos contin icde,s Sl)i7 y Serán Argenlinos'

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