ARTICULO 1°.- DESAFECTASE del uso público a la calle sin nombre, que se
encuentra ubicada entre las Parcelas 12, 13 y 1. 5 del Macizo 15b de la Sección "D".
ARTICULO 2°.- Incorpórase a la Parcela 13, del Macizo 15b de la Sección "D", la
superficie comprendida por el polígono delimitado por los puntos A, B, C, D, E, F y A,
de acuerdo al croquis que forma parte de la presente como
ANEXO I.
ARTICULO 3°.- Exceptúase a la Parcela mencionada en el Artículo 2° del cumpli-
miento del ancho mínimo de lote para la zonificación R2, establecido en la
Ordenanza Municipal N° 2139, autorizándose a contar con 10,00 metros de ancho
sobre la Línea Municipal de la calle Gobernador Valdez y según croquis que forma
parte de la presente como Anexo I.
ARTICULO 4°.- La ,jecución de la mensura quedará a costa y cargo del propietario
de la Parcela 13 del Macizol 5b de la Sección "D".
ARTICULO 5°.- Derógase la Ordenanza Municipal N° 1681.
ARTICULO 6° - Corhuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su
promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCH1VESE.-
ORDENANZA MUNIC1PAL N° — 09/08/2000.-
DADA EN SESION ORDINARIA DE
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Ordenanza Numero: 2188 OT.(711.11kt
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Conoajo Deliberante bp',3 Gr.:.spacho
de la Ciudad de Chshuaia
y D GAL. N/1 .
CIT
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ANEXO I
y C-on ...71.1 .- .
OR/ENANZA MUNICIPAL N° 21 88 .-
, SECCION:D MACIZO:15 B PARCELA:13 .D•
SESION:09/08/00 ESC.:SIN ESCALA
IBUJO:ASESORIA TÉCNICA
EL CONCEJO DELIBERANTE
P.s COPt
Ordenanza Numero: 2188 denas
3/3 Provincia de Tierra del Fuego, t , Genora(
Antartida e Islas del Atlántico Sur D.L.1 y D O • A.L.M.
República Argentina
Municipalidad de Ushuala
VISTO: El Expediente N° 04665/2000 del Registro de esta Municipalidad, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la promulgación de la Ordenanza Municipal
sancionada por el Concejo Deliberante de esta ciudad en sesión ordinaria del día
09/08/2000, por la cual se desafecta del uso público a la calle sin nombre, que se
encuentra entre las Parcelas 12, 13 y 15 del Macizo 15b de la Sección D, y se deroga la
Ordenanza Municipal N° 1681.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico Permanente de esta
Municipalidad emitiendo Dictamen L. y T.-A.L.M. N° 395/2000, recomendando su
promulgación.
Que el suscripto comparte el criterio sustentado por ese Servicio Jurídico,
encontrándose facultado para el dictado del presente acto administrativo, en atención a
las prescripciones del Artículo 101 0 Inciso 1) de la Ley Territorial N° 236.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE USHUAIA
IDECRETA
2 1 8 3 ,
ARTICULO 1°.- Promulgar la Ordenanza Municipal N° sancionada por el
Concejo Deliberante de la Ciudad de Ushuaia en sesión ordinaria del día 09/08/2000,
por la cual se desafecta del uso público a la calle sin nombre, que se encuentra entre
las Parcelas 12, 13 y 15 del Macizo 15b de la Sección D, y se deroga la Ordenanza
Municipal N° 1681. Ello en virtud de lo expuesto en el exor
ARTICULO 2°.- Comuníquese. Dese al Boletín Oficial d ipalidad de Ushuaia.
Cumplido, archívese.
DECRETO MUNICIPAL N° -72000.
MCC.
-Ljz)
4 1,10.JU MANUELROMANG
gocretario de Gobierno Municipa,
Municipalidad de Ushuain
"Las Islas Malvinas. Georgias y Sandwich del Sur, I,os Hielos Continentales n Argentinus.-
n