Ordenanza N° 2124 NO

Datos de la ordenanza
Número
2124
Fecha de sanción
30/11/1999
Vigencia
NO
Decreto
1619
Tema
Animales
Comisión
—
Descripción

ARTICULO 1º.- SUSTITUIR el Artículo 8º de la Ordenanza Municipal N º 560,

conforme se transcribe a continuación:

¨ Toda persona interesada podrá tramitar ante el Departamento Ejecutivo Municipal el

retiro voluntario de aquellos animales que no tuvieran dueño, sin ser necesario el pago

de arancel alguno, y sí la obligación de registro.-

El retiro de un animal debidamente registrado de los caniles municipales, por primera

vez, no será sancionado con multa alguna, aunque será tenido en cuenta a los efectos

de la reincidencia. La segunda vez será sancionado con la multa prevista más el

recargo por reincidencia que determine el Juez de Faltas¨.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.

dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 2124 .-

DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 30/11/99 .-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL: 1619 / 99.-

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