Ordenanza N° 2098 NO

Datos de la ordenanza
Número
2098
Fecha de sanción
10/11/1999
Vigencia
NO
Decreto
1486
Tema
Libertades Individuales
Comisión
Legislación e Interpretación
Descripción

ARTICULO 1º.- PROHÍBASE el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública en

cualquier recipiente o envase de fabricación estandarizada, sea éste o no disimulado

con cualquier tipo de envoltorio.-

ARTICULO 2º.- A los efectos de la presente se consideran bebidas alcohólicas a las

bebidas producidas a partir de la fermentación alcohólica de un mosto o destilación del

mismo o de otras bebidas alcohólicas, con excepción de aquellas que consignen

claramente en el rótulo ¨Bebida sin alcohol¨.-

ARTICULO 3º.- La violación a lo dispuesto en el Artículo 1º, será sancionado con

multas personales de 100 a 1.000 U.F.A. .-

ARTICULO 4º. Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para su

promulgación, dese al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE.-

ORDENANZA MUNICIPAL N° 2098 .-

DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 10/11/99 .-

PROMULGADA POR DECRETO MUNICIPAL: 1486 / 99.-

Observaciones
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