Datos de la ordenanza
Número
2076
Fecha de sanción
22/09/1999
Vigencia
NO
Decreto
1303
Tema
Ordenamiento Urbano / Espacios Públicos
Comisión
Planeamiento y Obras Públicas
Descripción
ARTICULO 1°.- INCORPORASE al Artículo 70 de la Ordenanza Municipal N° 2060, el Inciso c), en los términos que se transcriben a continuación: 11 c) Muros, tapias o cercas de inmuebles edificados de propiedad de particulares, sólo con autorización de sus propietarios extendida por escrito ante Autoridad Policial o Escribano Público, presentada ante la Municipalidad."
ARTICULO 2°.- Regístrese. Pase al Departamento Ejecutivo Municipal para SU promulgación, dése al Boletín Oficial Municipal para su publicación y ARCHIVESE. ORDENANZA MUNICIPAL N° DADA EN SESION ORDINARIA DE FECHA: 22/09/99.-
Observaciones
NULL
Vínculos con otras ordenanzas
Esta ordenanza modifica a:
N° 2060
ARTICULO 1°.- Las normas de esta Ordena
Esta ordenanza fue derogada por:
N° 2378
ARTICULO 1º.- INCORPORAR a la Ordenanza
Documento